NOVAIS DE ABAJO, ald.

(1866) Pertenece á la parroquia de Santa Maria de Sequeiros y al ayuntamiento de Quiroga.

En el año 1246 se halla, entre otros, en la toma de Sevilla[1]: Mas D. Pedro de Nabaes el Viejo allose en la conquista de Sevilla (el rey don Fernando el Santo la conquistó en 1248). Es mui notable la Historia deste Cavallero; cuéntala el Conde Don Pedro, i en ella dize como era natural de Galicia, en quien da principio à los deste apellido, i este es el primitivo que tuvieron los Pimenteles, Conde de Benavente, cuios antiguos ascendientes fueron Señores de el castillo de Nobaes, i su tierra cerca de Quiroga; i después que pasaron à Portugal izieron otro Solar en tierra de Guimarais, à que llamaron también Nobaes…hijo de Pedro fue Martin Fernandez de Nobaes, casó con doña Sancha Martinez de Riva de Visela, fue su hijo Don Vasco Martinez Pimentel, el primero de este apellido, nieto de Fernan Vazquez de Nobaes, viznieto de Vasco Fernandez de Nobaes, que se allo en la toma de Lisbos, tercer nieto de Fernando Alonso de Nobaes, que vivía año de 1090 i paso a Portugal con el conde Don Enrique. El primero en pasar a Castilla de los deste apellido fue el conde Don Juan Alonso Pimentel, ijo de Rodrigo Alonso Pimentel, Comendador maior de la Orden de Santiago de Portugal, i de doña Lorença de Fonseca, ija de Lorenço Vazque de Fonseca, i de D. Sancha Vazquez de Moure; fue nieto de Juan Alonso Pimentel, en tiempo del Rei Don Dionis, i de (pag 351) Doña Constança Ruiz de Morais…Fue llamado don Alonso Pimentel el Bueno…Siguio el partido del Rei Don Juan el Primero de Castilla, i de la Reina doña Beatriz su mujer,…, i entregado don Juan Alonso las plaças de Viñais, i Bergança à quien el Rei de Castilla le ordeno, le dio a Benavente, con titulo de Conde,…

Sobre el año 1730 se hace una obra/reparación del puente la Cigarrosa y todos los pueblos a (veinte) leguas de distancia se le pasa la parte correspondiente de la obra, cada pueblo hace la repartición entre sus vecinos del estado general, vulgarmente llamados pecheros, ya que los del estado noble (mayormente hidalgos) están exentos de esas imposiciones. Hay varios vecinos del Hospital y de San Martín que no están de acuerdo y relatan sendos autos para don Bernardo Joseph de Losada Somoza Juez Ordinario de la Encomienda de Quiroga y habitante del castillo de los Novais (que está en el lugar de Castillo). Algunos de los autos dice[2]:

Don Rodrigo de Quiroga y Noguerol vecino del lugar de San Martin y Señor del Coto de Ibedo, por mi y en nombre de los mas hidalgos del partido de San Martin, para quienes impuso Caucion de trato ante usted parezco y digo que en los gastos que en esta jurisdicion echaron del Puente Cigarrosa me han repartido como a los demas hidalgos de dicho partido porcion de dinero de dichos gastos, lo que no debemos pagar por estaremos exentos los del estado noble de semejantes contribuciones … (y pide vuelvan a hacer el reparto entre los vecinos del estado llano y el Juez contesta)

Seles tilde de dicho repartimiento y lo cumplan pena de los daños a si lo manifiesta su merced Don Bernardo Joseph de Losada Somoza, Juez Ordinario, de la Encomienda de Quiroga en el Castillo de los Nobais a diez y seis dias del mes de mayo de mil setecientos y treinta años . Firma: Somoza. Antemi, Juan Martinez Abbascal.

De esta resolución hay una protesta de los regidores de los partidos de San Martín y Hospital y manifiestan:

Pedro de Losada rexidor deel partido de San Martin, y Juan Rodriguez rexidor del partido del Hospital, en esta jurisdicion delante usted decimos, que a esta jurisdicion como a las mas comprehendidas en la distancia de (veinte) leguas deel Puente Çigarrosa se le ha repartido con orden del Real Consejo, el coste que nos toca su redificaciónde que se ha rrateado a esta jurisdiccion y mando repartir en ella lo que le correspondia, como a usted es notorio, habiendose distribuido entre los vecinos de entre ambos estados como devia, por parte de algunos deel estado de hijos dalgo se ha contradicho el repartimiento suponiendo no se devia incluir en ella a los vecinos de dicho estado de hijos dalgo, si solo los del estado general, y usted se sirvio mandar, sin conocimiento de causa, se tildasen de dicho repartimiento los tales hijos dalgos, siendo cierto en derecho deven contribuir en dicho repartimiento y gastos como los demas del estado general, y con este motivo ha dejado de cobrarse dicho repartimiento y concurrir con su paga al depositario señalado, por a usted suplicamos sesirva mandar nose use de dicho auto, y que corra el repartimiento en la conformidad en que se halla comprehessibo entrambos estados , y se haga pago de los que estan omissos en la contribucion, y en caso de dudar usted en determinar comparecer (dear..or) conocido, y de lo contrario proptestamos los daños que se ocasionares en la detencion de la paga y pedimos se nos de testimonio de este pedimento y su decreto para usar del recurso que nos convenga: pedimos juramos lo necesario. Firma Andres Pardo de Lago, recivi quatro reales de vellon.

Desde el Castillo de los Novais notifica, Somoza, a Don Rodrigo de Quiroga lo expuesto por los regidores y, siguiendo la causa, se da resolución a favor de don Rodrigo el día 28 de noviembre de 1743.

  1. GÁNDARA, Felipe de la (1677):NOBILIARIO, ARMAS, Y TRIUNFOS DE GALICIA. HECHOS HEROICOS DE SUS HIJOS, Y ELOGIOS DE SU NOBLEZA, Y DE LA MAYOR DE ESPAÑA, Y EUROPA. Compuesto por el Padre Maestro Fray Felipe de la Gandara; de la Orden de San Agustin, Coronista General de los Reinos de Leon, y Galicia. OBRA POSTUMA. Dedicado al Maestre de Campo Don Antonio Lopez de Quiroga, &c. Año 1677. Pág. 350.

  2. A.H.Nobleza, QUIROGA,C.12,D.31-32, imagen1-5